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ESTAS SON LAS NUEVAS BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL

20.02.2023
Asempal - ESTAS SON LAS NUEVAS BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL

Bonificación por la contratación indefinida de jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Bonificación de 275 euros durante 3 años por la contratación indefinida de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con baja cualificación. Se entenderá por baja cualificación cuando no hayan finalizado sus estudios de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio.

Bonificación por la contratación indefinida o incorporación como socios en cooperativas y sociedades laborales de personas que realizan formación práctica en empresas

Las cooperativas o sociedades laborales que incorporen como socios o contraten a personas que estén realizando prácticas, a la finalización o durante las mismas, en la empresa tendrán derecho a una bonificación de 138 euros al mes durante 3 años. Esta bonificación podría aplicarse durante toda la vigencia del contrato si se trata de una persona con discapacidad.

Bonificación por transformar contratos temporales en fijos discontinuos con personas del sistema especial agrario

Igualmente, se bonificarán las transformaciones de contratos temporales en fijos discontinuos de personas incluidas en el sistema especial agrario. Esta transformación dará lugar a una bonificación de 55 euros al mes durante los 3 años siguientes. En el caso de que la contratación sea a una mujer, esta cuantía se incrementaría hasta los 73 euros por mes.

Bonificaciones para readmisiones con personas que hubieran cesado por incapacidad permanente total o absoluta

La bonificación de 138 €/mes durante 2 años se limitará a la contratación indefinida y a los supuestos en los que la readmisión no proceda como un derecho del trabajador.  Esta bonificación se extenderá para los supuestos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría y para aquellas mayores de 55 que recuperen su capacidad y puedan ser contratadas por otra empresa.

Bonificación para la contratación indefinida de personas en exclusión social

El Real Decreto ampliará la actual bonificación por contratación indefinida para personas en situación de exclusión social, que se incrementaría de los 55 euros al mes actuales hasta los 128 euros al mes.

Contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración

Se extiende la bonificación por contratación indefinida a personas desempleadas de larga duración a la contratación de personas con 45 o más años.  Esta bonificación por contratación indefinida ascenderá de 110 € a 128 euros al mes si la persona contratada es mujer.

Contratos de formación en alternancia

En relación a los contratos de formación en alternancia, la nueva norma fija unas cuantías de bonificación, en lugar de los actuales porcentajes, que serán de 91 €/mes para la empresa y 28 €/mes en las cuotas de la persona trabajadora. 
Se mantienen las actuales bonificaciones por la formación y en concepto de tutorización del contrato de formación en alternancia. La formación seguirá estando bonificada al 100% y la empresa recibirá una bonificación adicional mensual de entre 60 y 80 €.

Transformación de contratos formativos en indefinidos

La transformación de contratos de formación en alternancia y de contratos para la práctica profesional a la finalización del contrato inicial o su prórroga permitirá que la empresa bonifique 128 € al mes durante 3 años, 147 €/mes si es una mujer. Suponiendo 1.536 € al año para hombres y 1.764 €/año para mujeres.

Transformación de contratos de relevo en indefinidos

La transformación de contratos de relevo en indefinidos dará lugar a una bonificación de 55 € al mes durante 3 años, 73 €/mes si es una mujer.

Bonificaciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad

Bonificación de 128 € al mes durante 4 años por la contratación indefinida de personas con discapacidad intelectual límite.

Bonificaciones por contratación indefinida de víctimas de violencia de género y otros colectivos

Se mantienen las bonificaciones por contratación indefinida para víctimas de violencia de género, violencias sexuales, trata de seres humanos, personas en riesgo de exclusión y víctimas de terrorismo, que tendrán una bonificación de 128 €/mes durante 4 años.

Bonificaciones por contratos de sustitución

Los contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para cubrir una sustitución tendrán derecho a bonificar 366 €/mes durante ese periodo en estos casos:

  • Contratos con jóvenes desempleados menores de 30 años para sustituir a personas durante su baja por riesgo de embarazo o durante la lactancia, cuidado del menor.
  • Contratos con personas desempleadas para sustituir a personas autónomas o socias de cooperativas en los mismos casos anteriores.
  • Contratos con personas desempleadas discapacitadas para sustituir a trabajadores con discapacidad con contrato suspendido por baja IT.

Bonificaciones para las personas sustituidas durante nacimiento, cuidado de menor, riesgo de embarazo o lactancia

En el caso de las personas que necesiten ser sustituidas por nacimiento, riesgo de embarazo, durante la lactancia, cuidado del menor, etc se aplicará una bonificación en la cotización de 366 €/mes, mientras se extienda dicha situación.
Si se trata de una persona autónoma, se aplicará la misma cuantía en sus cuotas a la Seguridad Social. 
Para los cambios de puesto por los mismos supuestos o enfermedad profesional, durante el tiempo que la persona esté en el nuevo puesto, se aplicará una bonificación de 138 €/mes.
Las empresas que apliquen las nuevas bonificaciones del Real Decreto por los contratos indefinidos y transformaciones de contrato a indefinido se les exigirá un mantenimiento del empleo durante un mínimo de 3 años desde la fecha de inicio del contrato o transformación.

Las nuevas bonificaciones y sus condiciones entrarían en vigor a partir del 1 de septiembre de 2023.

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